Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

El 1 de enero de 2023 entró en vigor en España un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.

Las empresas que realicen adquisiciones intracomunitarias y/o importaciones en España de envases de plástico no reciclables o bienes envasados ​​con envases de plástico no reciclables están sujetas al Impuesto sobre envases de plástico no reciclables

Las sociedades francesas sujetas a este impuesto están obligadas a designar un representante en España para realizar los distintos trámites.

Servicios que ofrece la Cámara de Comercio Franco-Española:

ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS EN ESPAÑA DE ENVASES DE PLÁSTICO NO RECICLABLES

La Cámara de Comercio Franco-Española actúa como representante de empresas no establecidas en España que realicen adquisiciones intracomunitarias en España de bienes envasados ​​en plástico no reciclable.

  • Trámites de registro (Registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables).
  • Presentación de declaraciones mensuales o trimestrales y pago de impuestos.
  • Presentación de solicitudes de devolución de impuestos en determinados supuestos.
  • Presentación del libro mayor de acciones.

La legislación española prevé entre las sanciones aplicables:

Multa de 1.000 € en caso de falta de registro.
Sanción de 1.000 € si no se nombra representante en España.

IMPORTACIONES EN ESPAÑA DE ENVASES DE PLÁSTICO NO RECICLABLES

La Cámara de Comercio Franco-Española presenta solicitudes de devolución del impuesto sobre envases de plástico no reciclable en nombre de empresas no establecidas en España que importan a España mercancías envasadas en plástico no reciclable y que tendrían derecho a la devolución del impuesto.

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