Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
El 1 de enero de 2023 entró en vigor en España un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.
Las empresas que realicen adquisiciones intracomunitarias y/o importaciones en España de envases de plástico no reciclables o bienes envasados con envases de plástico no reciclables están sujetas al Impuesto sobre envases de plástico no reciclables
Las sociedades francesas sujetas a este impuesto están obligadas a designar un representante en España para realizar los distintos trámites.
Servicios que ofrece la Cámara de Comercio Franco-Española:
ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS EN ESPAÑA DE ENVASES DE PLÁSTICO NO RECICLABLES
La Cámara de Comercio Franco-Española actúa como representante de empresas no establecidas en España que realicen adquisiciones intracomunitarias en España de bienes envasados en plástico no reciclable.
- Trámites de registro (Registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables).
- Presentación de declaraciones mensuales o trimestrales y pago de impuestos.
- Presentación de solicitudes de devolución de impuestos en determinados supuestos.
- Presentación del libro mayor de acciones.
La legislación española prevé entre las sanciones aplicables:
Multa de 1.000 € en caso de falta de registro.
Sanción de 1.000 € si no se nombra representante en España.
IMPORTACIONES EN ESPAÑA DE ENVASES DE PLÁSTICO NO RECICLABLES
La Cámara de Comercio Franco-Española presenta solicitudes de devolución del impuesto sobre envases de plástico no reciclable en nombre de empresas no establecidas en España que importan a España mercancías envasadas en plástico no reciclable y que tendrían derecho a la devolución del impuesto.