Recuperación del IVA

Este servicio está dirigido a las empresas comunitarias que deseen recuperar el IVA soportado en otros países de la UE y que no pueden recuperarlo por la vía normal de las devoluciones al no estar establecidas ni realizar operaciones de naturaleza imponible en esos países.

Así como a las empresas establecidas fuera de la Unión Europea que hayan devengado el IVA en la adquisición de plantillas, moldes y equipos para ser utilizados en la fabricación de bienes que sean exportados o en servicios de acceso, hostelería, restauración y transporte vinculados con la asistencia a ferias, congresos y exposiciones de carácter comercial o profesional.

La Chambre les ofrece un servicio que consiste en la recuperación del IVA soportado en los otros países de la UE y se encarga, por cuenta de la empresa, de tramitar los expedientes de solicitud de devolución y de presentarlos en los países correspondientes, ya sea directamente o por su propia red de asociados.

Requisitos

  • Estar establecido en la Comunidad Europea o, en caso contrario, acreditar la reciprocidad en favor de los empresarios o profesionales establecidos en España.
  • No tener un establecimiento permanente en el país en el que se ha solicitado el reembolso desde el que se realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios.
  • No haber realizado durante el periodo al que se refiere la solicitud operaciones de naturaleza imponible.

Beneficiarios

De manera general, los conceptos por los que se puede recuperar el IVA soportado son los siguientes :

  • Transporte internacional de mercancías.
  • Participación en ferias y salones.
  • Otros conceptos que varían en función de los países.


Por ejemplo, en Francia, pueden recuperar el IVA:

  • Las sociedades de transporte, en los gastos de gasóleo, peajes y reparaciones.
  • Los participantes en ferias y salones, en los gastos de alquiler de stands, gastos de montaje, consumo de energía, publicidad y gastos anexos, como de restaurante y alquiler de vehículos.  
  • Otros: subcontratación, obras (siempre y cuando la duración no sea superior a un año), contratos de garantía, formación y seminarios.

Documentación a entregar

FRANCIA

  • Poder en francés (este poder deberá ser trascrito en papel membrete, firmado y sellado).
  • Facturas originales
  • Datos bancarios
  • Ficha de datos

OTROS PAÍSES

Varía de un país a otro, pero en la mayoría de los casos se requiere:

  • un poder redactado en el idioma del país en el cual se solicita el reembolso
  • las facturas originales
  • una ficha de datos

Tarifas

Francia y España: 7,5% del IVA recuperado con un mínimo de 75 €:

IVA a recuperar en otros países :Consultar

Donde entregar la documentación

Cámara Franco-Española de Comercio e Industria

Susana Montoya
Departamento de Recuperación del IVA
Capitán Haya, 38 - 4ª - Edificio CUZCO II
28020 Madrid - Tel. 91 307 21 00

Plazo de solicitud

La fecha límite de envío de los expedientes a la administración fiscal de los diferentes países de la UE es el 30 de septiembre del año siguiente. En caso contrario, el derecho de reembolso prescribe

Los expedientes deberán ser enviados a La Chambre antes del 15 de septiembre.

Existe la posibilidad de presentar solicitudes trimestrales siempre y cuando la cuantía del IVA a recuperar sea de un mínimo de 400€.

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